informe

historia

info
» informes

novedades

colabora

escríbeles

prensa

comisión

e-mail

foro

desde
adentro


links

Informe a una semana de la
resolución de la sentencia
[22.Sep.00]


[formato texto (.txt)]


Montevideo, 22 de setiembre de 2000

El 15 de setiembre de 2000, el juez William Corujo Guardia dictó sentencia y condenó a: Gerardo León Giménez por un delito de rapiña a la pena de 7 años y 1 mes de penitenciaría; Miguel Emiliano Giménez, Alexis tourné por dos delitos de rapiñas a las penas de 7 años y 4 meses para cada uno de ellos; Alexander Montero por porte de arma con dos delitos de rapiña (una de ellas como co-autor) a la pena de 7 años y 4 meses de penitenciaría.
 
Todos se "benefician", como se afirma en la sentencia, de las siguientes atenuantes: Confesión, primariedad y minoridad relativa.
 
Cabe destacar que aunque se hubieran probado los delitos por los cuales el juez condena tendríamos de hablar de penas de alrededor de los 5 años. O sea, que esta sentencia, como primer elemento a destacar, marca que estamos ante un ensañamiento que ningún bien le hace a la justicia ni a la sociedad en que vivimos.
 
Así se cierra un nuevo eslabón en este juicio. El juez que los procesó rápidamente en el mes de setiembre del 99 hoy los condena sin ningún tipo de pruebas materiales, solamente con la " confesión " emergido de la tortura en la seccional 17a y la presión y amenaza de muerte para la que sostuvieran en el juzgado.
 
El juez ha dado un paso decisivo en consagrar la injusticia y la impunidad de los torturadores.

¿En que se basa la sentencia?.
  1. En primer lugar niega la existencia de torturas.
    A partir de un exámen forense realizado el 5/10/99. Un exámen superficial que se realizó varios días después de ser detenidos.
    A Miguel, por ejemplo, que le habían pisado la cabeza en la seccional 17a. no se le realizó ningún estudio clínico.
    Pero hay otros exámenes forenses que indican claramente como funciona eso que se llama técnica forense. Alexander llega meses después, ante un medico forense luego que había recibido tremenda paliza por parte de la guardia externa del COMCAR y que lo habían acusado de realizar un intento de "motín". Constatándole diversos traumatismos y que concluyó que podían haber sido autoinfrigidos.
    Así funcionan las garantías con que cuentan cualquier hombre ó mujer que denuncia ante un juez que ha sido agredido por funcionarios policiales.
    Los jueces, fiscales, abogados, todos los que trabajan en el Poder Judicial... saben que es así. Lo saben también las autoridades del Ministerio del Interior, la prensa, gran parte de la opinión pública... sin embargo, para Corujo, eso solo basta para desestimar una denuncia tan grave como es la existencia de torturas.
    El juez Corujo prefirió esconder la cabeza como los avestruces y seguir con esta farsa de "garantías " que no existen para las personas detenidas. Allá él con su conciencia.
  2. El lugar de detención para el juez no importa. Pueden ser detenidos en cualquier lugar, a cinco cuadras o tres del lugar de donde fue asaltado el almacén en cuestión.
    El firmó el decreto de Proceso sobre la base de una mentira policial y ahora condena de igual manera.
    ¿Y cual es la explicación que ofrece en su sentencia condenatoria para que un grupo de jóvenes trabajadores, que parte de ellos realizan actividades sociales a nivel barrial (donde hay dos ciudadanos suecos que son miembros, de la dirección juvenil del VSU, un colectivo legalmente establecido en Estocolmo-Suecia), en un barrio que conocen como la palma de su mano..... súbitamente (por obra y gracia de la acción policial) se convierten en "delincuentes" y son detenidos a dos cuadras y media del comercio asaltado? Y no hay explicación. Y no le interesa buscar motivaciones, para él no son necesarias y recurre entonces a lo más reaccionario y conservador de la psiquiatría policial, y nos dice: "...los psiquiatras criminalistas no están por completo equivocados cuando sostienen lo ilusorio de querer que los propios criminales expliquen sus crímenes cuando los delincuentes se dan muy mal cuenta del mecanismo psíquico que los ha conducido a ellos y cuyos rodajes (tendencias, pulsiones, etc.) son inconvenientes " concluyendo en que "el peligro reside en creer temerariamente que no existe lo que no comprendemos o que resulta inexplicable lo que no podemos explicarnos: por la razón de que en los fenómenos del alma humana, que tan bellas tramas siguen imperceptibles a los ojos del observador se pierde con frecuencia en los más oscuros rincones del espíritu".
    Y a continuación afirma: Y así fue.
  3. ¿ Pruebas materiales?
    No existen. Tanto Gerardo, Miguel y Alexander no han sido reconocidos como asaltante por ninguno de los comerciantes asaltados, inclusive uno de ellos que da descripciones físicas que no corresponden en absoluto a la de estos jóvenes, el juez Corujo prácticamente lo declara invidente. Además de juez y fiscal él sabe lo que la gente ve ó no ve.
    ¿ Ellos tenían armas? No. Inclusive el informe de la pericia técnica habla acerca de un arma que es encontrada cerca del lugar donde son detenidos. Se trata de un revolver 32 cromado con dos proyectiles vivos, que había sido recientemente disparado y no aparecen huellas dactilares.
    En el asalto en cuestión no hubo disparos, en la detención no hubo resistencia y allí tampoco disparos. O sea, que si ellos hicieron ese asalto, antes de hacerlo dispararon el arma para ir sin balas a realizar un asalto. Y además de la manera improvisada en que supuestamente fue realizado aún así el arma no tiene huellas dactilares. ¿Cómo explica eso Corujo? No lo explica. Lo explicará tal vez con su base teórica: la parte más reaccionaria de la psiquiatría policial.
    Son detenidos prácticamente a dos cuadras y media de donde se había realizado el asalto. ¿Las cosas robadas aparecen? No. Y así deja constancia el comerciante en la audiencia del l5 de mayo del 2000. ¿Cómo resuelve este problemita Corujo? En acuerdo con la fiscal, lo que no aparece no fue robado. Así de sencillo.
    La mercadería encontrada cerca de donde son detenidos según el juez es devuelta en el mes "histórico" de devolución de cosas. Casualmente una semana antes de una audiencia judicial donde va a declarar el comerciante asaltado. Y a su vez aconseja a los abogados defensores que vayan a "cualquier hipermercado" para ver si la mercadería era perecedera. No se precisa ir a un hipermercado para saber que pasa con golosinas y alfajores.
    Además habría que preguntarse que capacidad "milagrosa" hay en la seccional 17a para que cosas que en setiembre del 99 le mostraron al comerciante, que eran simples "envoltorios" y así lo han dicho ante quien quisiera oírlo, en mayo del 2000 se habían llenado de contenido...
    Por otro lado, hay otro "detalle" que el juez ni siquiera trata de explicarlo. En el memorándum enviado por la Seccional 17a al Juzgado se habla de una balanza electrónica que había sido robada al almacenero y que este -cuando vuelve de la Seccional, el día del asalto- la recupera "cerca de donde fueron detenidos los presuntos autores". Sin embargo, en la audiencia del 15 de mayo del 2000, cuando el comerciante declara en el Juzgado aclara que: "cuando llegué de la Seccional, mi hermana me estaba esperando con la balanza en la puerta, que estaba tirada en la cuneta, al bajar la escalera de Belloni al callejón, a la bajada. Allá llamé al Comisario y hablé con él y a su vez, me preguntó si había aparecido la plata". La escalera que habla el comerciante está ubicada unos 20 metros o más del almacén en dirección a instrucciones. Del lugar donde fueron detenidos los jóvenes queda cerca de 3 cuadras.
  4. ¿Cómo resuelve la legalidad ó no de la detención de estos jóvenes?
    Según el comerciante son cuatro los asaltantes. Un cliente "ocasional"(que nunca fue a declarar) le dice que son cinco. Y cinco son los jóvenes detenidos, así que la detención es legal. Pero es legal para él. Para los nosotros, para el barrio que los conoce y reclama sigue siendo injusta y arbitraria.
  5. ¿Tenían armas ó cosas encima de ellos que los vincularan al asalto?
    Los cuatro jóvenes condenados y presos en el COMCAR no tenían nada encima que los vinculara a los asaltos. Es solo el tremendo poder fantasioso y policíaco de un juez que a partir de declaraciones basadas en la tortura y la presión y amenaza de muerte para que las sostuvieran en el juzgado, llega a la conclusión que unos tenían una cosa y otros otras.
    Lo único cierto en todo esto es que a Miguel se le quedaron en la seccional 17a con una gorra de lana azul, a Tourné una bufanda negra, y al menor una bufanda color gris a cuadros.
    La famosa capucha (porque aunque el juez se olvide, según la 17a habían dos), donde una de ellas, según el juez le "requisaron" a Gerardo, recién es en la 17a que le dicen "esta es tuya". Gerardo, cuando fue detenido, no tenía ningún trapo con agujeros para ser usado como capucha.
    Lo mismo sucede con un cuchillo, que también se lo colocan a Gerardo. El no tenía nada encima. Ninguno de los policías de radio patrulla ha afirmado que Gerardo portaba un cuchillo y son estos los policías que lo detienen.
    Las cosas que aparecen según la policía estaban cerca de donde son detenidos y así dejan constancia. Es en la 17a a fuerza de torturas y muchas mentiras (aunque el Juez, la Fiscal, y el ministerio no quieran reconocerlo) donde se arma todo este paquete para enviar a cuatro jóvenes a la cárcel.
  6. Trata de probar, el Juez, a partir de las declaraciones que no hubo torturas. Mezcla papeles firmados en policía con declaraciones en Juzgado.
    Insiste en " declaraciones firmadas" en Comisaría como prueba según él "irrebatible" que demuestran que no hubo torturas. Es así, que en las "declaraciones firmadas" en seccional algunos jóvenes se hacen cargos de rapiñas y no reconocen hurtos. Es decir, estos jóvenes "delincuentes" son capaces de aceptar las rapiñas pero
    niegan los hurtos. Entonces para él no hubo tortura. Si a esta conclusión hubiera llegado un aprendiz de juez, podríamos pensar que se está equivocando. Pero que a esa conclusión llegue un juez que tiene toneladas de procesos con su consiguiente cantidad de personas enviadas a prisión, evidentemente algo tiene que saber de métodos policiales. Y es evidente, a los jóvenes los envían al Juzgado acusados de rapiña, lo demás no importa... porque son delitos menores.
    Y además le dejan una coartada al Juez para que hable en los términos con que habló en su sentencia.
  7. Los detalles de la rapiña. Afirma que es la confirmación de que no hubo torturas y las declaraciones iniciales son validas. Lo mismo que decíamos en el punto anterior es valido para este. Según el Juez, nadie explica en la audiencia del 7 de diciembre como habían dado detalles en juzgado. Y esto es mentira. Los jóvenes explican y Gerardo es clarísimo cuando afirma: "Los funcionarios me dijeron como había sido y me mostraron el arma" y luego "al dueño del bar no lo conozco, al del almacén sí". Por eso Gerardo no puede ser nunca asaltante del bar y también esa es la explicación de detalles que no aclaran totalmente (aunque al Juez no le guste) el asalto al almacén.
  8. Antes de dictar sentencia, el Juez pide a Justicia de menores el expediente del menor y afirma que nunca planteó ser torturado y que acusa a los demás. Aquí hay que hablar claro. El Juez, a lo largo de todo este proceso ha actuado como fiscal. Para él en el comienzo del proceso no tenía que declarar nadie mas, todo estaba ya resuelto. Si hubo audiencias y fueron a declarar los jóvenes presos en el COMCAR, los policías aprehensores, comerciantes y testigos, fue porque este proceso ha sido seguido de cerca por muchísima gente.
    Es así que el menor nunca fue a declarar. Pero la conclusión de que no fue torturado solo sale de la cabeza del Juez. El menor - que ya no lo es - desde el primer momento a denunciado lo sucedido en la 17a con sus amigos y con él mismo. A participado y participado de todas las movilizaciones por la libertad de los jóvenes presos.
  9. Los testigos. A partir de su visión de que no hubo tortura descalifica a todos los testigos. Plantea que, entre visitas y visitas al COMCAR, se fueron armando coartadas. Así descalifica a algunos porque son amigos y familiares, a otros porque según él no tienen relación " de amistad ". En un acto de soberbia sin límites descalifica totalmente a una persona. Y él define que no tiene motivos para ir a la casa de un amigo con el cual también realizan actividades comerciales y llega al colmo del delirio cuando afirma que muchos menos motivos tienen para hablar gente que se conocen hace años. Así, escudado en la impunidad que le da ese puesto de Juez (que tendría que ser para impartir justicia y no lo contrario) descalifica y hace apreciaciones que dichas por cualquier ciudadano podrían dar lugar a una demanda judicial por injuria y difamación. Pero si no hay Juez que juzgue torturadores, ¿habrá Juez para juzgar con imparcialidad un Juez?
  10. ¿Testigo de conducta?
    Nunca los aceptó. Cuando varios vecinos fueron a atestiguar a favor de los gurises, a último momento, en las puertas del juzgado nos enteramos que no serían recibidos.
    Como ejemplo de la manera en que actuó este juez-fiscal es bueno destacar como trata de usar a la Abuela de Alexander. Esta señora anciana fue a preguntar al almacenero (al cual conoce desde que nació) que había sucedido y si él pensaba que Alexander tenía algo que ver. A lo cual, el almacenero le dijo que Alexander no tenía nada que ver. Aparece sin embargo, como que fue a pedir "disculpas" por lo que había hecho el nieto.
    De toda la gente que en el barrio firmó pidiendo la libertad de los gurises y el respeto a los derechos humanos no hay una mención en esta sentencia.
  11. A lo largo de esta sentencia de 50 página, el juez nos trata de mostrar un procedimiento correcto y prácticamente una visión de una policía ejemplar.
    Sin embargo, no aparece ni una palabra sobre la Sra. Comerciante que afirma que "nunca fue asaltada". Y que aparece con lujos de detalles en las "declaraciones firmadas" en la Seccional.
    A lo largo de la sentencia no aparece ni una palabra que explique realmente como es posible que -aún así- se esté hablando de una rapiña que no tenía ningún tipo de denuncia ni policial, ni judicial. Más aún, cuando en las "declaraciones firmadas" en policía se habla de que se había sustraído moneda falsa. Y recordemos, además, que esta "rapiña" aparece con días distintos y un horario que va desde las 20hs. a las 21:30hs.
    Tampoco aparece ni una palabra que explique como en las "declaraciones firmadas" en Seccional aparece un joven empuñando una pistola de plástico en el asalto al almacén cuando el mismo comerciante ha declarado
    que en ningún momento hubo tal pistola.
    No hay tampoco ni una palabra que explique porque la policía recorre el barrio -el 28 de setiembre de 1999- con fotos de los jóvenes encarcelados diciendo que estaban siendo buscados y en realidad ya estaban presos.
    Por supuesto tampoco aparece ni una palabra sobre quién dio la orden para que en el Juzgado, que preside Corujo, se rompiera el nombramiento de un abogado particular para Gerardo y Miguel -el 29 de setiembre de 1999-. Y este detalle impidió una apelación al proceso.
    Tampoco aparece ni una palabra que explique porque la policía -y el mismo juez en el decreto de procesamiento- miente el lugar de detención de los jóvenes situándolos a 5 cuadras del almacén asaltado cuando en realidad fueron detenidos a 2 cuadras y media.
    Y, entre otras cosas, tampoco aparece ni una palabra que explique porque la policía -y el mismo juez en el decreto de procesamiento- le niegan la ciudadanía a dos jóvenes. Porque en realidad Gerardo y Miguel son suecos y si hoy fueran a tramitar la credencial tendrían que primero realizar otro trámite: pedir la ciudadanía uruguaya.
    Lo mismo podríamos decir de las ocupaciones de todos estos jóvenes, que según lo que envía la policía al Juzgado son jóvenes marginales que "roban por que tienen hambre". Y todos tienen una familia atrás. Dos son gráficos -Gerardo y Miguel- y participan de una imprenta que es también de ellos mismos. Alexander es aprendiz panadero. Alexis realiza changas como muchísimos jóvenes de nuestro país.
  12. En la sentencia, cuando se refiere a la tortura, el juez Corujo afirma: "las cosas no son tan llanas" hay que probarlas. Eso mismo corre para la policía, la fiscal y el mismo juez. Para condenar a estos jóvenes tienen que probar que:
    • Los jóvenes mienten en la audiencia del 7 de diciembre cuando denuncian la tortura, dan detalles y descripciones físicas de los torturadores.
    • Los testigos mienten.
    • El comerciante también miente sobre lo que le robaron o en su defecto estamos ante la presencia de "policías corruptos" que se quedan con la plata que falta.
    • La Sra. Comerciante que dice que no fue asaltada miente.
    • Miente la hermana del almacenero y él mismo sobre el lugar en donde recuperaron la balanza electrónica que le había sido robada.
    • El comerciante del bar es completamente ciego (aunque circula por las calles en una moto) y que miente cuando no reconoce como asaltantes a Gerardo, Miguel y Alexander y por supuesto también miente cuando da descripciones físicas de asaltantes que no corresponden con estos jóvenes.
    • La policía técnica miente cuando afirma en su informe que el arma encontrada (según la policía) cerca de donde son detenidos los jóvenes "había sido disparada recientemente", porque un grupo de "delincuentes" que antes de realizar un asalto disparan y descargan el arma... es muy difícil que la siquiatría policial pueda explicarlo.
    • Los policías de Radio Patrulla mienten al afirmar que cuando van a retirar la denuncia del almacén asaltado ven al pasar a estos jóvenes en la esquina donde son detenidos tomando una cerveza. Fueron, tomaron la denuncia, volvieron en la dirección de donde venían y los detuvieron. Y esto es muy importante porque no encaja en lo que se trata de dar a entender en la sentencia del juez Corujo, que estos jóvenes estaban en plena fuga y habían llegado ya... al Paso del Andaluz y Belloni (a dos cuadras y media).
    • Mienten también los policías de Radio Patrulla cuando no afirman -en ningún momento- que Gerardo tenía un cuchillo y una tela que pudiera ser usada como capucha.
    • Miente el VSU, un organismo legalmente establecido en Suecia- del cual Gerardo y Miguel son dirigentes a nivel juvenil. Y miente un barrio que no logra discernir entre "delincuentes" y jóvenes que luchan por un futuro mejor.
    Como se ve, para tratar de probar esa historia que se armó en la Seccional 17a fuerza de tortura y que la fiscal y el juez Corujo (a base de siquiatría policíaca) defienden a capa y espada hay que demostrar que todos los actores -salvo los policías de la 17- han mentido descaradamente. Y esto no es tan llano: Hay que probarlo.
    Y además hay que probar como resulta que jóvenes que son muy conocidos en el barrio asaltan a cara descubierta un almacén -el que era menos conocido se pone una capucha- y luego salen corriendo por Belloni... Hay que probarlo con hechos, con pruebas materiales y no con esas ideas recontra conservadoras de la siquiatría policial, donde los "delincuentes" no saben lo que hacen. Porque además, si fuera así como dice el juez en su sentencia: ¿se les puede condenar a prisión o estamos en presencia de dementes y por lo tanto son otras las medidas a tomar?
  13. Públicamente, el Juez ha afirmado, que cuando hay denuncia de tortura él investiga.
    ¿Investigó? En absoluto. El podía haber llamado a los milicos que están reconocidos como torturadores. No lo hizo. Podría haber ido hasta el final para ver porque pasan estas cosas y tenía los medios como para poner un freno a la barbarie. No lo hizo.
    Cuando le escribimos una carta denunciando lo que pasaba en el COMCAR, podría haber hecho algo. No lo hizo. Al contrario, a él no le ha interesado que luego de la audiencia del 7 de diciembre donde fueron a declarar ante él, en el traslado al COMCAR, en el TACOMA, Gerardo y Miguel hayan sido salvajemente apaleados. Y lo que sucedió a partir de esa denuncia es que las peores palizas vinieron después. Y él no hizo nada.
    Hubo que empezar a librar una lucha nacional e internacional para que recién cuando va al COMCAR, un abogado y la cónsul sueca es que amainara un poco la paliza. ¿Y el Juez? No hizo nada. Lo que sí ha hecho el Juez es consagrar la injusticia y la impunidad.
    Hoy el poder ha cerrado filas, los represores y torturadores deben estar contentos... la justicia no existe.
    Muchas veces, parece que siempre los mandamás se salen con la suya. Que de nada sirve el clamor popular... Que siempre van a ganar porque ellos tienen el sartén por el mango.
    Pero seguiremos luchando. Lo que nos plantea esta realidad es que hay que profundizar la lucha. La lucha aquí y la campaña solidaria a nivel internacional no va a parar hasta lograr que la justicia y el respeto a los derechos humanos sean una realidad en este país.

Lidia García
Pr. 541006-2268
Luis Giménez
Pr. 550924-3050

Los Tanjerinos 3752
Montevideo - Uruguay



[formato texto (.txt)]

[arriba] - [principal] - [otros idiomas / other languages]

[historia] - [info] - [novedades] - [colabora] - [escríbeles] - [prensa] - [comisión] - [e-mail] - [foro] - [desdeadentro] - [links]