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LA REPUBLICA
18 de Junio de 2003


El gobierno uruguayo aguarda la confirmación oficial

Egipto aceptó las condiciones para la extradición de Mohamed Ali Mokhles

Egipto aceptó las condiciones fijadas por la Justicia uruguaya para conceder la extradición del ciudadano Elsaid Hasan Mohamed Ali Mokhles ­detenido en Cárcel Central desde hace cuatro años­, entre ellas, la de no imponerle la pena de muerte ni cadena perpetua.

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Egipto no podrá imponer la pena de muerte ni cadena perpetua a Ali Mokhles, entre otras condiciones.

El gobierno uruguayo aguarda ahora la llegada de la respuesta oficial de su par de Egipto, indicaron fuentes de gobierno. Desde la semana pasada, la Cancillería está en conocimiento de la decisión de Egipto que ­según las fuentes­ avaló el contenido del dictamen de la Suprema Corte de Justicia.

De este modo, el gobierno egipcio aceptó respetar las garantías del debido proceso, no podrá juzgar a Mokhles por falsificación de documentos (delito por el que ya fue condenado en Uruguay), y tampoco podrá aplicarle ni la pena de muerte ni de prisión perpetua.

El 5 de mayo la Suprema Corte de Justicia otorgó la extradición de Mokhles a Egipto sujeta a determinadas condiciones, y el 19 de mayo la Corte dispuso remitir copia de la sentencia al Poder Ejecutivo señalándole que debe adoptar las medidas pertinentes para que se respeten esas condiciones.

La defensa del ciudadano egipcio Elsaid Hasan Mohamed Ali Mokhles, la doctora Cecilia Schroeder, presentó un recurso de hábeas corpus en que solicitó sea dispuesta la libertad de su cliente. A su vez, presentó un recurso de revocación y nulidad de la providencia de la Suprema Corte de Justicia, que dejó en manos del Poder Ejecutivo el cumplimiento de las condiciones impuestas para otorgar a Egipto la extradición de Mokhles.

En el escrito presentado por la doctora Schroeder, se sostiene que no se conoce que el Poder Ejecutivo haya tomado alguna medida o que Egipto haya hecho algo respecto a Mokhles, por lo que "resulta a todas luces aplicable lo dispuesto por el artículo 17 de la Constitución Nacional, desde que se ha producido una situación de prisión indebida al existir una privación de libertad sustraída a la competencia del magistrado natural, hoy exclusivamente de dominio administrativo del Poder Ejecutivo, sujeto a la voluntad de un tercer Estado que puede no manifestarse nunca".

El presidente de la SCJ, Roberto Parga, afirmó el lunes que Mokhles podría quedar libre en los próximos 30 días si Egipto no acepta las condiciones de extradición impuestas por Uruguay. El magistrado informó que Egipto no se comprometió aún a no ejecutar ni imponer cadena perpetua a Ali Mokhles.

El egipcio está acusado de participar en un atentado en Luxor en 1997, en el cual murieron 58 turistas alemanes y suecos, y de pertenecer al grupo extremista islámico Al Gama Islamiya. *

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