El Sitio de Los Muchachos

Cronología


también leer: historia, informes


La Cárcel, el Proceso Judicial y la Campaña Internacional por la Libertad

(Cronología parcial)
- Actualizada Constantemente -


[Introducción] - [1999] - [2000] - [2001] - [2002]


Año 1999

27/9/1999.
Aproximadamente a las 21:30 horas, son detenidos los hermanos Miguel y Gerardo Giménez (suecos, de 19 y 20 años de edad; gráficos y miembros de la directiva a nivel juvenil del VSU -colectivo legalmente establecido en Estocolmo, Suecia-), Alexander Montero (18 años de edad, aprendiz panadero y activista del VSU), Alexis Tourné (18 años de edad, changas) y un joven menor de edad. En el medio de un desproporcionado despliegue policial son llevados a la Seccional 17 de Policía, donde permanecerán incomunicados y serán salvajemente torturados. Los acusan de robo a mano armada.

28/9/1999.
En las primeras horas de la mañana, policías de la Seccional 17 recorren el barrio donde habitan los jóvenes detenidos, con fotos que les han sacado en dicha Seccional. Afirman a los vecinos que están recabando información pues están siendo buscados.

28/9/2000.
Los jóvenes son llevados a declarar al Juzgado. Les toman declaraciones y son enviados nuevamente a la comisaría. Siguen incomunicados.

29/9/1999.
Nuevamente son llevados al Juzgado, donde se les inicia proceso con prisión. Y son enviados a la Cárcel Central. Permanecen incomunicados.

29/9/1999.
Luis Giménez firma en el mostrador del Juzgado, un poder para que un abogado particular se haga cargo de la defensa de Gerardo y Miguel.
Cuando el abogado iba a proceder este nombramiento es roto en cuatro pedazos en el mismo mostrador del Juzgado.

30/9/1999.
Los 4 jóvenes procesados son traslados al Complejo Carcelario Santiago Vázquez (COMCAR), y serán alojados en el Módulo 3.

5/10/1999.
Gerardo y Miguel son vistos superficialmente por un médico forense en el Juzgado.

Octubre/1999.
Desde Manga se recaban firmas reclamando la libertad de los jóvenes detenidos y el respeto a los tratados de DD.HH. que ha suscrito el Estado uruguayo. Cientos de personas apoyarán este reclamo.

12/10/1999.
Comunicado de prensa del VSU.

21/10/1999.
El Ministerio de Relaciones Exteriores de Suecia envió un fax a su Embajada en Buenos Aires, Argentina, para que recabe información sobre la situación de Gerardo y Miguel.
Desde Buenos Aires responden con un fax firmado por el: Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay, Dirección General para asuntos Políticos.

3/11/1999.
Los padres de Gerardo y Miguel envían una carta a la Embajada de Suecia en Argentina. Denuncian la situación que se vive y reclaman solidaridad.

10/11/1999.
A raíz de la fuga de un grupo de presos se desata una tremenda represión en el Módulo 5. Hablar de los gases que dispararon para el Módulo 3 es como hablar de una represión "buena" si comparamos de la manera con que la policía la emprendió con cerca de 300 presos del Módulo 5.
No solamente los presos fueron salvajemente reprimidos con su secuela de muertos y heridos sin ningún tipo de asistencia médica, etc., sino que los familiares que se concentraron en las afueras del COMCAR fueron gaseados y apaleados.
Leer más acerca de esto en: El Informe del SERPAJ

Noviembre de 1999.
A raíz de una serie de agresiones Alexis es trasladado al Módulo 1 del COMCAR.

7/12/1999.
Se realiza una Audiencia Judicial. En ella declaran dos policías (quienes los detienen), un comerciante, y los cuatro procesados. Otro comerciante citado no se presenta por encontrarse enfermo (cabe destacar que se trata del comerciante que en setiembre afirmó que no estaba en condiciones de reconocer a los asaltantes).
Es de destacar que en los interrogatorios participó activamente el Juez Corujo, responsable de la causa.

En sus declaraciones los cuatro acusados niegan las acusaciones y plantean que fueron obligados bajo tortura a firmarlas y que bajo amenaza de muerte de la policía fueron obligados a mantenerlas en el Juzgado. En sus declaraciones dieron detalles precisos de la tortura e incluso descripciones físicas de los torturadores. También dan nombres de personas que pueden atestiguar donde estaban en momentos de los asaltos que se les imputan.

El comerciante en el careo y en la declaración afirma que ni Miguel, ni Gerardo, ni Alexander son los asaltantes.
En su declaración el comerciante afirma que nunca realizó la denuncia de dicho asalto y que desconoce como se enteró la policía (Esto es importante ya que en el memorándum policial y en las declaraciones que de la Seccional 17 se mandan al Juzgado esta "rapiña" aparece con días y horas diferentes; además según la policía son dos los comerciantes asaltados lo que es negado por uno de ellos).

También declaran dos policías de radio patrulla, quienes no dan datos que los incriminen, agregan que la hora de ellos es exacta (al preguntarles por la hora de detención) pues figuran detenidos antes que se realizara la rapiña.

Luego de la audiencia en el traslado hacia el COMCAR, en el Tacoma (una cárcel) Gerardo y Miguel son apaleados por varios policías.

21/12/1999.
El abogado de Alexis presenta en el Juzgado volante y planilla donde se recaban firmas. El juez Corujo envía documentos a la Suprema Corte de Justicia.


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